Existe un gran debate sobre qué gastos puede contabilizar un autónomo como afectos a su actividad, y poder de esta manera, disminuir la cuota a pagar de iva, así como el impuesto sobre la renta. Para poder hacer una declaración correcta, y evitar posibles dolores de cabeza en caso de inspección, hay que tener bien claro qué es lo que el ente público admite como gasto deducible y qué es lo que no.
Hacienda es clara; los gastos susceptibles de desgravar son aquellos que se vinculan directamente a la actividad del autónomo; es decir, aquellos sin los que el trabajador por cuenta propia no podría ejercer su labor.
Dentro de este concepto hay que tener en cuenta que hay determinadas compras necesarias para el trabajo. En el caso de la transformación de un producto como intermediario o para su transformación, como puede ocurrir por ejemplo con un electricista; la adquisición de cableado, herramientas y otros útiles están más que justificados. Otro ejemplo podría ser el de una tienda, que adquiere productos al por mayor para su venta al por menor, o un pastelero que transforma los ingredientes que adquiere para la venta como producto final.
Hay otros que no necesitan tal justificación, ya que se sobreentiende su finalidad necesaria para el trabajo. Un ejemplo serían las facturas de la gestoría o asesoría, necesarias para el correcto funcionamiento de la actividad contable y de impuestos, o la de la factura de telefonía, por tener otro referente en este sentido.
Sin embargo, no todas las compras son fáciles de justificar ante Hacienda. Por ejemplo, un vehículo. Es fácil demostrar su afectación a la actividad si se trata de un vehículo comercial (furgón, furgoneta o vehículo mixto) y necesitas de ese vehículo para trasladar útiles, herramientas o trabajadores (véase un fontanero, carpintero, albañil, camionero o taxista). De igual modo, un autónomo no siempre puede contabilizar como gasto el combustible de su vehículo; deberá justificar que el vehículo está afecto a la actividad. Son numerosísimas las ocasiones en las que nos encontramos que administración niega, por sistema, la afectación del vehículo a la actividad.
Otro factor a tener en cuenta es el trabajo desde casa. Antes del boom del teletrabajo, ya eran muchos los autónomos cuya residencia es la misma que la del centro de trabajo. En estos casos, se puede deducir parte de las facturas de suministros del hogar dentro del horario de oficina, siempre aplicando la prorrata de los metros destinados a trabajar, y calculando la parte proporcional que pueda corresponder en los suministros.
Una dificultad añadida al trabajo por cuenta propia son todas las trabas de las administraciones como Hacienda y la Seguridad Social. Contar con un especialista que pueda solucionar los trámites, comprendiendo la normativa y legislación para aplicar en todo momento lo que sea más beneficioso, es básico para poder avanzar. Si necesitas un asesor experto, ayuda con la contabilidad, y gestiones con la administración, en Cuenca y García disponemos de un equipo experto a tu disposición.