Se acerca el inicio de la campaña de la Renta 2020, que este año tendrá más contribuyentes que hayan percibido rentas de dos pagadores, en gran parte debido a los ERTES. Indiferentemente de si lo ha percibido por reducción de jornada o suspensión del empleo, la prestación se considera un pagador más, lo que obligará a la presentación de la Renta a muchos contribuyentes que hasta ahora no alcanzaban el mínimo y, por lo tanto, no tenían que realizarla.
La normativa de la Agencia Tributaria establece lo siguiente:
- Por rendimiento del trabajo con un único pagador, han de presentar la declaración de manera obligatoria los que reciban más de 22.000 euros.
- Por rendimientos del trabajo con más de un pagador, se ha de presentar la declaración si se obtienen más de 14.000 euros, recibiendo del segundo pagador más de 1.500 euros.
Con esta normativa se entiende que los receptores de ERTE que han obtenido más de 1500 euros de la administración por este motivo, y sus ingresos, junto a las nóminas de su trabajo, ha superado los 14.000 euros, han de presentar la declaración de forma obligatoria. Esto provocará que muchos contribuyentes que no llegaban al mínimo, y que no la realizaban porque su resultado salía a pagar, se vean forzados a presentarla este ejercicio.
Un segundo problema al que se pueden enfrentar los contribuyentes es la aplicación de la retención mínima sobre la prestación. Esto significa que aquellos que se vean en la obligación de presentarla, tendrán además que “liquidar” la parte de impuestos que no se les ha aplicado en las nóminas mensuales del SEPE. Resumiendo, que en muchos de los casos, el importe de la renta será a pagar.
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