Hoy da comienzo la Campaña de la Renta 2020 marcada por la pandemia, los ERTE y las nuevas ayudas a autónomos, así como el Ingreso Mínimo Vital. Pasamos a detallaros la campaña y los aspectos más interesantes de la misma.
Calendario de la Renta 2020
- 7 de abril – inicio de la presentación de declaraciones. Se realiza de manera telemática por profesionales o quienes aprueben el borrador elaborado por Hacienda.
- 4 de mayo – inicio de la solicitud de cita previa con la Agencia Tributaria
- 6 de mayo – inicio de la solicitud de cita previa por teléfono
- 27 de mayo – inicio de la solicitud de la cita previa de forma presencial
- 2 de junio – inicio de la presentación de forma presencial
- 25 de junio – fin de declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria
- 30 de junio – fin de la campaña de la renta
Obligación de presentar la declaración
- Con un único pagador si tiene ingresos superiores a 22.000 euros
- Con más de un pagador si tiene ingresos por más de 14.000 euros, o si, aunque no se llegue a esa cantidad, si el segundo pagador ha realizado pagos que superen los 1.500 euros.
Afectados por ERTE
Como ya avisamos con anterioridad, quienes hayan estado en situación de ERTE, probablemente este año tengan la obligación de presentar la declaración, al contar éste como el segundo pagador (si sus ingresos totales superan los 14.000 euros o si el ente público ha realizado pagos superiores a 1.500 euros).
En este caso hay que recordar que el SEPE, además, no aplica retenciones, por lo que los perceptores de estas ayudas tienen más posibilidades de un resultado a pagar.
Por este motivo, y de manera excepcional, Hacienda va a proporcionar a estos contribuyentes la opción de realizar el pago de la cantidad en 6 pagos sin intereses, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Debe haber estado en situación de ERTE
- Se permitirá a las declaraciones unipersonales y también a las conjuntas
- Deberá realizar la presentación antes del final de la campaña oficial
- No se podrá superar los 30.000 euros acumulado con otras deudas a la Agencia Tributaria
Otra circunstancia añadida son los casos de incidencias en las cantidades y tiempos de percepción de las prestaciones de trabajadores afectados por ERTES (haber seguido cobrando de la salida del ERTE, cobro de cantidades superiores a las correspondientes, etc). Las cantidades a declarar dependerán de si existe comunicación por parte del SEPE de los errores o no
Ingreso Mínimo Vital
Los receptores del Ingreso Mínimo Vital tienen la obligación de presentar la declaración aunque no lleguen al mínimo de ingresos. Aunque esta ayuda está exenta, debe realizarla, y en caso de no tener más ingresos ni pagos, el resultado será 0.
Autónomos
Los autónomos deberán tener un cuidado especial a la hora de presentar la declaración de la renta. Este grupo de trabajadores, aunque dispone de un borrador, no cuentan con los datos actualizados de ingresos y gastos deducibles, por lo que, al no contar con los datos reales, las declaraciones son positivas para Hacienda y con cifras bastante elevadas. También hay que tener en cuenta las ayudas percibidas a lo largo de 2020 y que hay que incluir dentro de los epígrafes correctos.
Como todos los años, los trabajadores por cuenta propia deberán dejar en manos de profesionales sus declaraciones para evitar pagar de más o tener incompletos algunos conceptos, lo que podría suponer posteriores declaraciones complementarias o, incluso, inspecciones de hacienda.
En Cuenca y García ya tenemos abiertas las listas para la presentación de declaraciones. Si quieres que te incluyamos, ponte en contacto con nosotros a través del teléfono 952845633
o escríbenos a mariangeles@cuencaygarcia.com