La actual situación de alerta sanitaria ha dejado un grave problema de conciliación por el cierre de colegios o posibles confinamientos de menores. Durante la primera oleada de contagios, el Gobierno puso en marcha el Plan Me Cuida, una serie de medidas destinadas a favorecer la conciliación ante la situación excepcional que se vivía con el cierre de colegios y el posterior estado de alarma. Ahora, ese plan se ha prorrogado hasta finales de enero de 2021.
El Plan Me Cuida se creó con la intención de ayudar a los trabajadores por cuenta ajena en caso de tener que hacerse cargo de los cuidados de algún familiar de hasta segundo grado. De esta forma, un trabajador puede solicitar acogerse a este plan para cuidar a un hijo o nieto, así como padres o abuelos. También pueden acogerse los trabajadores que que puedan acreditar no disponer de un cuidador o familiar a cargo de una persona dependiente. A este plan se pueden acoger los afectados por cierres de clases y colegios, cierres de centros de día para mayores, o cuarentena de cuidadores habituales, por ejemplo. Eso sí, para que se active el Plan Me Cuida es imprescindible que el motivo de este cambio de situación sea provocado por el coronavirus.
Mediante el Plan Me Cuida se pueden establecer dos situaciones para solucionar la conciliación:
– Adaptación de la jornada. El trabajador sigue realizando su trabajo, no pierde ingresos, y se produce por cambio de turnos, alteración del horario, cambio de jornada a continua o partida, trabajo a distancia, cambio del centro de trabajo, cambio de funciones o cualquier otro cambio de condiciones disponible en la empresa.
– Reducción de la jornada. Supone perder ingresos en la proporción de la reducción, que pueden alcanzar hasta el 100 por cien si es una ausencia total.
Los derechos del Plan Me Cuida deben ser justificados, razonables y proporcionados en relación a la situación de la empresa. Trabajadores y empresa deberán hacer los posible para llegar a un acuerdo, aunque el trabajador deberá decidir en qué va a consistir la adaptación de jornada, que debe equilibrar sus necesidades de cuidado familiar a las necesidades laborales de la empresa. En caso de conflicto, los casos se resolverán por la jurisdicción social a través de procedimiento de urgencia.
La medida está prorrogada hasta el 31 de enero de 2021, y para acogerse a ella deberá ser comunicado a la empresa dicha necesidad con 24 horas de antelación.
En Cuenca y García seguimos adaptando las medidas y nuevas legislaciones y normativas a nuestros clientes. Si necesitas aclarar cualquier duda, estamos en contacto.
