Una vez publicado el BOJA de referencia, pasamos a resumiros el Decreto-Ley 29/2020, de 17 de noviembre, por el que se establecen medidas urgentes para el mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos afectados por las últimas restricciones de movilidad y toque de queda impuestos para frenar los contagios por Covid-19.
Con esta línea de ayudas de la Junta de Andalucía, se establece una línea de subvenciones extraordinarias dirigidas a autónomos que desarrollen su actividad en los sectores de:
Hostelería
Comercio
Transporte por Taxi
Servicio de peluquería
Desarrollen su actividad en el sector de feriantes
Editamos a fecha de 24 de noviembre para añadir los sectores incorporados en dicha fecha. Los requisitos son los mismos, siendo la convocatoria hasta el 29 de noviembre.
Los sectores incluidos son:
Fotografía
Agencias de viajes y operadores turísticos.
Actividades de fotocopiado, preparación de documentos
Organización de convenciones y ferias de muestras.
Artes escénicas y actividades auxiliares
Salas de espectáculos
Instalaciones y actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento. Gimnasios.
Peluquería y tratamientos de belleza.
Otras actividades sanitarias (fisioterapeutas, ópticos, podólogos)
Intermediarios de comercio
Instalaciones eléctricas, fontanería, construcción, carpintería, pintura, acristalamiento.
Servicios de mudanza
Inmobiliarias
Alquileres
Son subvenciones compatibles con cualquier otra de carácter general, EXCEPTO CON LAS PRESTACIONES EXTRAORDINARIAS DE CESE DE ACTIVIDAD O SUS PRORROGAS.
Requisitos
* Encontrase de alta en RETA a 14 de marzo de 2020, manteniendo aquella hasta el día en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes (hoy)
* Que su actividad esté incluida en el listado de CNAE (Código Nacional de Actividades Económicas) recogido en el condicionado (hostelería, comercio, taxi y peluquería)
* Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social con anterioridad a la resolución de la concesión.
Se abren varias líneas de ayudas, entre las que destacamos:
– Mantenimiento del trabajo de autónomos. La subvención consistirá en un pago único de 1.000 €, con obligación de mantenimiento del atal durante al menos tres meses a partir de la fecha de presentación.
– Medias de apoyo al sector del juego. Consiste en la bonificación del 50% de la cuota trimestral de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, devengada entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
Como siempre, quedamos a vuestra disposición en caso de dudas o si queréis que iniciemos los trámites para la solicitud de ayudas.
