Ayudas al sector turístico andaluz

30/03/2021

La junta de Andalucía ha publicado las nuevas medidas extraordinarias y urgentes para el sector turístico como consecuencia del COVID-19, y pasamos a describirlas a continuación.

Se trata de tres líneas dirigidas a:

1. Empresas organizadoras de actividades de turismo activo
2. Ayudas a casas rurales
3. Ayudas a guías de turismo.

Serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que se concedan para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración, siempre que el total de las cantidades percibidas no supere el importe del capital circulante necesario para equilibrar el balance de la empresa.

Destinadas a pymes del sector turístico que hayan experimentado una caída de ventas o ingresos a causa del impacto económico negativo provocado en su actividad por la crisis sanitaria y las medidas acordadas para paliarla

Requisitos:

a) Que desarrollen su actividad con anterioridad al 14 de marzo de 2020 manteniéndola vigente con carácter previo a la concesión de la subvención.
b) Que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Andalucía
c) Acreditar la caída de ventas o ingresos provocada por el impacto económico negativo ocasionado por la crisis sanitaria de, al menos, un 20%, en el ejercicio 2020 respecto al ejercicio 2019
d) Que estén inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía en todo el periodo señalado
e) No ser una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019.

Será necesario hallarse al corriente con las Haciendas estatal y autonómica, así como con la Seguridad Social.

Importes:

Importe fijo de 3.000 € con la finalidad de financiar las necesidades de capital circulante o de explotación de las empresas del sector, compensando la caída de ventas o ingresos.

Destino de la ayuda:

– La disminución de la deuda a corto plazo
– Sufragar los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad habitual de la empresa, tales como el abono de las mercancías o materias primas, la mano de obra, las existencias o los gastos generales.
– En ningún caso se podrán destinar a financiar inversiones a largo plazo.
Los gastos subvencionables habrán de haberse realizado a partir del 14 de marzo de 2020 hasta 4 meses después del dia siguiente al que se inicie el plazo de presentación de solicitudes. Habrá que justificar la realización del gasto, así como el pago efectivo del mismo.

Obligaciones:

1. Mantener ininterrumpidamente su inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía y su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante, al menos, 4 meses, desde el día siguiente a aquél en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes

2. Mantener ininterrumpidamente su situación de alta en el IAE, y, en su caso, el alta en el RETA durante, al menos, 4 meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes.

 

De igual modo, se han aprobado ayudas para el mantenimiento del empleo asalariado en empresas afectadas por ERTES. Dirigidas a aquellas que empresas que desde el 14 de marzo de 2020 y hasta la fecha de publicado de las ayudas, tengan a todos o parte de sus trabajadores afectados por un ERTE. Al tratase de casos específicos, nos dirigiremos de manera personal a aquellos clientes que puedan optar a estas ayudas.

Quedamos a vuestra disposición para este o cualquier otro asunto, y estamos a la espera de nuevas publicaciones, de las que os daremos, como siempre, debida cuenta

 

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